Existe una extensa lista de permisos de visado para ingresar a Estados Unidos ya sea para no inmigrantes como para inmigrantes. En este artículo, Amerivisa le detallará toda la información necesaria acerca de visas de inmigrantes para trabajadores religiosos.
En primer lugar debemos saber que Estados Unidos proporciona dos tipos de visas de inmigrante para trabajadores religiosos, entre las que se encuentran los «Ministros de Religión», pertenecientes a la visa SD, y «ciertos trabajadores religiosos» categorizados con las letras SR. Estas dos categorías se encuentran en la categoría general de visas llamada «Cuarta preferencia de empleo (E4): ciertos inmigrantes especiales» y están diferenciadas del visado para «Trabajadores religiosos temporarios» que es de carácter no inmigrante.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos es el encargado de revisar las solicitudes y, según el sitio web de la Embajada de Estados Unidos, verificará que el aspirante haya sido miembro de la denominación religiosa que tiene una organización religiosa confiable sin fines de lucro en Estados Unidos para la cual se está yendo a trabajar y que haya continuado el uso de la vocación u ocupación religiosa que se planea llevar a cabo en Estados Unidos.
Además, se detalla que el solicitante deberá entrar al territorio norteamericano para trabajar solamente como ministro de su denominación religiosa, en el caso de la visa SD, mientras que en el caso de la visa con categoría SR, deberá ingresar a E.E.U.U en una vocación religiosa ya sea en capacidad profesional o no, o en una ocupación religiosa en capacidad tanto profesional como no profesional.
Si todos estos requisitos se cumplen, estará habilitado a comenzar el proceso de petición de visa mediante el Formulario I-360 que, luego de haber sido aprobado por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos, derivará en el Formulario DS-261.
Al finalizar los formularios y luego de enviarlos al NVC (Centro Nacional de Visa), deberá recopilar los siguientes documentos: pasaporte válidos por 60 días, Formulario DS-260, dos fotos carnet de 2x2cm, documentos civiles para el solicitante entre los que se encuentran el certificado de nacimiento y matrimonio, expedientes de corte y prisión (en caso de haber sido sancionado por un crimen), expedientes militares (si sirvió en las fuerzas militares de cualquier país) y certificado de conducta, entre otros. Además, deberá contar con una declaración jurada de patrocinio económico.
Una vez que se haya realizado el pago de las tarifas necesarias, enviado la solicitud de visa de inmigrante y documentación necesaria, el NVC verificará que el caso califique para una entrevista y lo notificarán indicando la fecha, hora y lugar de la cita para seguir adelante con el procedimiento de obtención de visas de inmigrantes religiosos.