Existe una gran variedad de visados para ingresar a los Estados Unidos que varían dependiendo las características del solicitante y los fines para los que viajará a aquel país. En este artículo de Amerivisa nos encofacermos en las visas para empleados domésticos o personal que acompañará al empleador a Estados Unidos.

En ese caso, los solicitantes deberán pedir la visa B1, mientras que, los empleados o personal que acompañen a un trabajador que es diplomático o funcionario extranjero deberán solicitar la visa A-3 o G-3, dependiendo de la visa de su empleador.

Dentro de este tipo de categoría de visa para empleados domésticos se incluye a niñeras, criadas, choferes, camareros, cocineros, mayordomos, jardineros, au pairs y otros acompañantes pagos.

Para conseguir efectivamente el visado, el aplicante debe demostrar que cobrará un sueldo suficiente para su sustento económico y el de sus dependientes. También deberá presentar un contrato en inglés y otro en español firmados por el empleador y el empleado, en los que se detalle la cantidad de horas que se trabajará, la garantía de que el empleado será recompensado en base al salario mínimo o máximo (realizado en base al estado en el que se estará trabajando), que el empleado no aceptará otro trabajo mientras trabaje con el empleador y que el empleador no retendrá el pasaporte del empleado.

Usted podrá encontrar un modelo de contrato en el sitio web de la Embajada de Estados Unidos en Argentina.

Los acompañantes de titulares de visas temporarias deberán demostrar la existencia de la relación laboral previa al viaje, según la Embajada de Estados Unidos, de las siguientes maneras: habiendo contratado a la empleada fuera de E.E.U.U como mínimo un año antes a la fecha de admisión del empleador, si la relación laboral inició inmediatamente antes de presentada la solicitud, el empleador debe demostrar que ya ha contratado ayuda doméstica en forma regular en años anteriores y demostrando que la empleada cuenta con experiencia mínima de 1 año como empleada doméstica o personal, mediante cartas de previos empleadores.

El empleador es el único autorizado en proporcionar empleo, garantizando al empleado alojamiento, comida gratis y pasaje aéreo de ida y vuelta.

El trámite, al igual que el de los demás tipos de visado, se comienza de manera online a través de los formularios otorgados en el sitio web de la Embajada de Estados Unidos y finaliza presentando la documentación y comprobantes correspondientes al tipo de visa de empleado doméstico que se acomode a sus características laborales.